miércoles, septiembre 15

Instituto pide familia RD muestre documentos parentesco Cervantes


Afirman que la ley sólo reconoce parentesco cuando hay de por medio papeles que avalen la filiación
Escrito por: ARISTIDES REYES (areyes@elnacional.com.do)

El Instituto Dominicano de Genealogía invitó a la señora Margarita Marmolejos Cervantes que aporte la documentación que avala su parentesco con el escritor español Miguel de Cervantes.

En una comunicación dirigida al director de El Nacional, Radhamés Gómez Pepín, firmada por el presidente del referido organismo, Leonardo Díaz Jáquez, señala que en derecho, sólo el que aporte documentos civiles que demuestren una filiación puede considerarse descendiente de otro.

“Valerse de la tradición oral para fundar un vínculo consanguíneo es de cuidado, pues en muchas ocasiones el testimonio transmitido a través de varias generaciones puede llegar a las generaciones actuales en forma distorsionada o incompleta, de modo que imposibilite recomponer de manera fehaciente relaciones de parentesco.

A continuación el texto de la carta de Díaz Jáquez dirigida a Gómez Pepín:

“EI Instituto Dominicano de Genealogía, Inc., a propósito de los recientes trabajos publicados por la periodista Pilar Moreno en el diario bajo su dirección en fechas 5 y 7 del corriente, que dan cuenta de personas a quienes se les atribuye "una estrecha contigüidad familiar" con el escritor español Miguel de Cervantes en el país, tiene a bien exponer a Ud. los siguientes razonamientos:

"1. La prueba de la filiación, como ha juzgado la Suprema Corte de Justicia, esta sujeta a las regulaciones del Código Civil, el cual exige para ello la presentación de los actos del Estado Civil correspondientes, emanados del oficial publico competente para expedir dichos documentos (Cas.25 febrero 1998, BJ. 1047, p.447). Es así como los actos del Estado Civil permiten establecer los vínculos de consanguinidad entre personas pertenecientes a una o varias generaciones. Con la correlación entre actas de nacimiento, matrimonio y defunción, es posible determinar sus grados de parentesco y su relación directa o colateral y, consecuentemente, establecer su genealogía. Es de aquí que quien pretenda vincularse a un sujeto como descendiente directo o colateral de un personaje del pasado, debe fundarse, ante todo, en la información provista por los registros civiles.

“2. Es de derecho que sólo el que demuestre su calidad puede ser considerado como parte de una sucesión. Así, un parentesco no puede reputarse como verídico hasta tanto no se aporten las pruebas que lo avalan. En ese sentido, mientras los descendientes de Juana Cervantes Alcolea de Marmolejos, hija de José (o Diego) Cervantes, español radicado en Cuba, y Cayetana Alcolea, con forme los citados artículos, no reúnan las actas que correspondan a los nacimientos, matrimonios o defunciones de sus ascendientes matemos en línea directa hasta donde generacionalmente sea posible, para establecer su entronque colateral con Miguel de Cervantes, el "cercano parentesco" que aluden tener con el autor de El Quijote es solo una presunción fundada en la tradición oral.

“3. Valerse de la tradición oral para fundar un vinculo consanguíneo es de cuidado, pues en muchas ocasiones el testimonio transmitido a través de varias generaciones puede llegar alas generaciones actuales en forma distorsionada o incompleta, de modo que imposibilite recomponer de manera fehaciente relaciones de parentesco.

“4. En muchas familias, ciertas tradiciones orales han podido ser confirmadas al establecerse que su contenido coincide con determinados documentos o incluso con otras versiones de las mismas, debidamente soportadas en fundamentos escritos. En otras, "las historias de familia" han resultado ser falsas, derrumbándose ante elementos de prueba que permiten constatar, de forma irrefragable, que los hechos que constituyen su estructura son insostenibles o absurdos.

“5. La fuente oral, si bien goza de aprecio entre los genealogistas, amerita pues ser depurada, contrastada y tamizada en sus contenidos para servir de base a una afirmación en esta materia.

“6. Si existiese algún parentesco entre Miguel de Cervantes Saavedra, personaje del siglo XVI, y Juana Cervantes Alcolea de Marmolejos, nacida en el siglo XIX, el vinculo familiar se remontaría a mas de trescientos años. Solo con el hallazgo de documentación referida a parientes de Juana Cervantes Alcolea en las generaciones correspondientes a sus ascendientes paternos en línea directa que permita establecer ese entronque, si es que existe, sus descendientes podrían efectivamente reputarse como pertenecientes a la estirpe de la máxima figura de la literatura española”.

Cervantes

Miguel de Cervantes Saavedra fue un soldado, novelista, poeta y dramaturgo español. Se supone que nació el 29 de septiembre de 1547 en Alcalá de Henares y murió el 22 de abril de 1616 en Madrid, pero fue enterrado el 23 de abril de ese año.

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